Miguel Angel Huesca Bazán
Integrante de la Red de Representantes Locales de CEEAD
Representante en Puebla
La reforma constitucional de 2008 estableció como posibilidad, la terminación anticipada del proceso, dentro del Apartado A, fracción VII del artículo 20, clasificándola en el rubro de principios generales. Por otra parte, el artículo 17 de la propia ley fundamental estableció que “…las leyes preverán mecanismos alternativos de solución de controversias…” de modo que así se incluyeron en nuestro sistema jurídico nacional, tales instrumentos.
Ahora bien, los MASC han tenido un enfoque equivocado en el sentido que desde su origen lo que ha provocado que se privilegie la obtención de convenios como indicador principal de éxito de los mismos, lo que hasta cierto punto, desvirtúa sus principales bondades que son la reparación integral del daño a la víctima y la facilidad para que el agresor adquiera plena conciencia del daño provocado (al estar de frente y negociando con la víctima).
Lo anterior, debe impactar definitivamente ya que va a provocar que en la capacitación que se da a las personas facilitadoras, esté implícitamente insertada esa idea, que por si misma no es mala, por supuesto, pero se debe realizar una capacitación integral.
Situación en Puebla
En Puebla, específicamente, la labor primordial para ofrecer los servicios de mediación, conciliación y junta restaurativa, en materia penal, se lleva a cabo primordialmente por la Fiscalía General de Justicia del estado, para lo cual se encarga dicha tarea a una Dirección General, misma que para su operación, divide a la entidad en diversas regiones, siendo la región centro la que incluye al municipio de Puebla (capital del estado) y a municipios colindantes, lo que provoca que sea la unidad administrativa más grande, de la dirección.
Cabe resaltar que existen facilitadoras y facilitadores excelentes, que se preocupan por su preparación constante, lo que les ha llevado en varios casos a seguir preparándose académicamente, lo que obedece a querer robustecer su propio papel en el procedimiento penal y frente a los demás operadores, lo que sin duda significa un área de oportunidad enorme para que la propia fiscalía ofrezca más incentivos de preparación, lo que redundaría en un éxito todavá mayor en su gestión, que repito, ya se distingue en muchos casos por su plena vocación de servicio.
¿Quién certifica?
El Poder Judicial del Estado de Puebla, a través del Comité de Certificación de facilitadores judiciales en materia penal y de justicia para adolescentes en sede judicial, convocó en octubre del 2020 al proceso de certificación, con vigencia de 3 años, conforme a los parámetros legales en la materia.
Por su parte, conforme al Padrón de facilitadoras y facilitadores certificados en los mecanismos alternativos de solución de controversias de la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia, existen 164 facilitadoras y facilitadores certificados, en su gran mayoría (116 personas) el año 2020, por lo que su vigencia es hasta el año 2023 (3 años conforme a la ley nacional de la materia) , 32 renovaron su certificación en 2019, y 16 personas renovaron la certificación en 2018, por lo que en este mismo año deberán renovar la misma.
¿Qué debemos esperar de los servicios de MASC en el estado de Puebla?
Sin duda, como todos los operadores del sistema de justicia penal, el 2021 genera grandes retos, ya que para empezar, como ya se estableció, algunas personas facilitadoras deberán renovar su certificación, proceso que se aumentará el próximo año y que en 2 más se incrementará todavía más, por solo decir de las certificaciones que opera la fiscalía, sin contar las certificaciones del poder judicial, mismas que apenas (noviembre pasado) llevaron a cabo la convocatoria respectiva.
Aunado a lo anterior, los parámetros para medir la eficacia de los MASC debe enfocarse en la consecución de acuerdos que se cumplan y sobre todo que satisfagan plenamente la reparación del daño integral de la víctima y que coadyuven además, a provocar que las personas agresoras o imputadas (dependiendo el caso), participen activamente en dicha reparación, con lo que ayudará a su reinserción y activación en la comunidad, no solo con la víctima y su entorno.
Una clave fundamental será el apuntalamiento y rediseño de contenido de los programas de capacitación para que el equipo de facilitadores, al momento de capacitarse y renovar su certificación, vayan adquiriendo institucionalmente una posición clara respecto a los objetivos y metas de los MASC.
Finalmente, se debe continuar con la inversión en infraestructura de tecnologías de la información y comunicación que posibiliten fortalecer y aumentar el número de reuniones virtuales que se llevan a cabo, por las circunstancias sanitarias actuales, provocadas por la covid-19.
Referencias