Panorama general de los MASC en el estado de Morelos

Mirta Aguirre

Integrante de la Red de Representantes Locales de CEEAD

Representante en Morelos

La reforma al Sistema de Justicia Penal en el estado de Morelos se encuentra vigente desde el 30 de octubre del año 2008, siendo el Estado una de las entidades federativas pioneras en el país de la implementación de la reforma conocida coloquialmente como Juicios Orales., no obstante, desde el 18 de agosto del 2008, ya se encontraba vigente la Ley de Justicia Alternativa en materia penal para el Estado de Morelos, cuya finalidad era regular los medios alternos de solución de conflictos en materia penal, tales como la mediación, conciliación y negociación, entre otras.


Así las cosas, la reforma traía consigo una nueva manera de visualizar la procuración e impartición de justicia desde una perspectiva ciudadana, y de fondo tenía el reto de que las y los usuarios del servicio (personas víctimas u ofendidos y personas imputadas) lograran, cuando la naturaleza del hecho delictivo así lo permitiera, solucionar el conflicto y que las cosas quedarán en el mismo estado que tenían previo a que se cometiera el delito, surgiendo así una nueva forma de hacer justicia conocida como Justicia Alternativa.


Un reto que no ha sido fácil debido al arraigo social de diversas ideologías culturales tales como “el que a mí me la hace, me la paga”, “ lo único que quiero es verlo en la cárcel”, sumado a ello, los mensajes mediáticos de las instituciones involucradas en la detención y/o investigación de delitos, que consideran un logro el hecho de que las personas sujetas a la investigación queden bajo medida cautelar de prisión preventiva, lo que ha hecho compleja la consolidación del trabajo que realizan los Centros de Justicia Alternativa dependientes de la Fiscalía General y recientemente del perteneciente al Tribunal Superior de Justicia, ambos del estado de Morelos.


Siendo evidente que la justicia reparatoria tiene un mérito claro y encubre un problema potencial. El mérito consiste en poner un fuerte acento en el ofendido y en la importancia que reviste el que le sea reparado el daño que sufrió como consecuencia del delito; el problema estriba en precisar los medios de los que deberá valerse el Estado para garantizar que el indiciado dará cumplimiento a lo acordado. De no ser así el ofendido, a más de cornudo será apaleado, y el delincuente habrá logrado burlar a la justicia .


De ahí, que a través de las instituciones encargadas de la procuración e impartición de justicia del estado se debe garantizar la existencia de áreas encargadas de verificar el cumplimiento de lo acordado, lo cual, debe hacerse a través de personal capacitado, actualizado, profesionalizado y certificado. Lo que conlleva a un reto de la entidad y del país, para homologar los criterios de evaluación no sólo de conocimientos teóricos sino también de habilidades prácticas del personal facilitador y mediador, resultando un área de oportunidad para la entidad, tanto de difusión como de actualización y profesionalización, el proyecto de Certificación para la Justicia en México (CEJUME), mismo que liderea el CEEAD a nivel nacional.


Existiendo así, como ya se dijo, 2 instituciones en la entidad a las cuales se puede acudir, siendo la primera de ellas, el conocido como CJA, instancia especializada de la FGJE que apoya la solución de conflictos de asuntos relacionados con hechos delictivos como lo son homicidio culposo, lesiones (querella y culposas), amenazas, allanamiento de morada, estupro, insolvencia fraudulenta en perjuicio de acreedores, delitos cometidos por fraccionadores, daño, usura, encubrimiento por receptación, robo, abuso de confianza, fraude, suplantación de identidad, administración fraudulenta, operaciones con recursos de procedencia ilícita, incumplimiento de las obligaciones de asistencia alimentaria (ancianos y enfermos, sustracción o retención de menores o incapaces, discriminación.


Y por otra parte, existe, a su vez, el Centro Morelense de Mecanismos Alternativos para la solución de controversias (CEMMASC), instancia perteneciente al Tribunal Superior de Justicia, al cual pueden acudir tanto ciudadanos como abogados como una opción para la solución de sus conflictos en las materias civil, mercantil, familiar o penal, sin embargo, esto sólo se puede solicitar cuando el asunto ya se encuentra a disposición de un Juzgador competente que conozca del caso.


Así las cosas, si bien, en Morelos existe y opera el CJA dependiente de la ahora FGJE desde el año 2008 y a partir del año 2019 el CEMMASC dependiente del TSJ Morelos, no menos cierto, es que resulta esencial difundir no sólo la existencia, sino la ubicación, los servicios y las metodologías que emplean los servidores públicos que se desempeñan como mediadores o facilitadores, de tal suerte, que las personas conozcan las posibilidades a su alcance para resolver el conflicto en el cual se encuentran inmersos y en la medida de lo posible, se logre de manera pronta, equitativa, eficaz y legal, ver satisfechos sus respectivos intereses, para evitar la sobresaturación de asuntos judicializados que incluso concluyen en juicio oral, lo que no sólo desgasta a las instituciones y sus operadores (personas con funciones de jueces, ministerios públicos, asesores jurídicos y defensores públicos) sino retrasan la reparación del daño a favor de la víctima u ofendido y no logran su cometido con la persona imputada o acusada.

Referencias

  1. https://fiscaliamorelos.gob.mx/cja/
  2. https://www.elsoldecuautla.com.mx/local/ofrece-tsj-medios-alternativos-para-la-solicion-de-conflictos-5455057.html
  3. Ley de Justicia Alternativa en materia penal para el Estado de Morelos. Periódico oficial 4636 “Tierra y libertad”. Pp. 10.
  4. Justicia Alternativa en Materia Penal.Jesús Zamora Pierce. Pp.128. www.juridicas.unam.mx