Carmen Selene Peraza Rosas
Integrante de la Red de Representantes Locales de CEEAD
Representante en Nayarit
Los mecanismos alternativos de solución de controversias en materia penal (MASC) son una alternativa que forma parte del sistema de justicia penal mexicano y a la que las personas pueden recurrir para solucionar una amplia gama de conflictos, a través de un trámite distinto al juicio. A partir de la reforma constitucional del 2008, a los mecanismos alternativos se les dotó de una gran relevancia en el sistema de justicia y se previó que la mayor parte de los asuntos que ingresaran a él, se resolvieran de forma pacífica con el auxilio de estos. Actualmente en todo el territorio nacional se puede tener acceso a los MASC desde las instituciones operadoras, además de haber una etapa incipiente de su práctica en el ámbito privado (en otras materias). Sin embargo, su uso sigue siendo la excepción. Hasta el último trimestre del 2020, sólo el 9% del total de asuntos ingresados al sistema a nivel nacional se derivaron a justicia alternativa; en Nayarit, esta derivación fue del 5%.
Los MASC ofrecen una vía muy valiosa para fortalecer el sistema de justicia, pues son la alternativa jurídico-penal más genuina para la restauración del tejido social y el fortalecimiento de la cultura de la paz. A través de ellos las personas tienen la oportunidad de construir la solución de sus conflictos mediante el diálogo, sin dejar de salvaguardar sus derechos como víctimas o imputadas. Son pues, una forma democrática de satisfacer las necesidades de justicia de las personas, porque las soluciones a sus problemas parten de ellas mismas. Adicionalmente, tienen como consecuencia el descongestionamiento del sistema de justicia, al dejar para el proceso ordinario únicamente aquellos casos que no son susceptibles de resolverse mediante justicia alternativa, lo que abona a un sistema más eficaz y eficiente. De ahí la importancia de su divulgación y promoción.
Los tipos de MASC son: la mediación, la conciliación y la junta restaurativa. Su elección depende de una valoración del contexto y las circunstancias de los casos, así como de las personas involucradas. Las diferencias entre unos y otros estriban, a grandes rasgos, en el grado de intervención de las personas facilitadoras, así como en la participación de las partes y su entorno. Como resultado de la aplicación de un MASC, puede obtenerse una solución alterna, es decir, un acuerdo reparatorio o una suspensión condicional del proceso; aunque habitualmente no se utilizan (ni suelen contemplarse estadísticamente) para esta última, por lo que en este artículo haremos referencia únicamente al acuerdo reparatorio.
Su fundamento lo encontramos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (artículo 17), así como en el Código Nacional de Procedimientos Penales (artículos 186 al 190, para el caso del acuerdo reparatorio) y en la Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia Penal; y proceden en delitos que se persiguen por querella, por requisito equivalente de parte ofendida o que admiten perdón de la persona víctima o de la ofendida; delitos culposos; o delitos patrimoniales cometidos sin violencia contra las personas.
Las instituciones que brindan este servicio en Nayarit, son la Fiscalía General del Estado Nayarit (FGEN), a través de la Unidad de Soluciones Alternas Penales, un área que dependiente de la oficina del Fiscal General, que tiene presencia en todas las regiones del estado y que es coordinada por la Lic. María Luisa Franco Huitrón; así como el Poder Judicial del Estado de Nayarit (PJEN), a través del Centro Estatal de Justicia Alternativa y Convivencia Familiar, dependiente del Consejo de la Judicatura, que tiene su sede operativa en Tepic, y es dirigido por el Mtro. Carlos Eduardo Pérez Martínez. Cabe mencionar que, a finales del 2020, el PJEN certificó a especialistas independientes para la práctica de mecanismos alternativos en el ámbito privado, aunque sólo para asuntos en materia civil, mercantil y familiar.
Como se observa en la gráfica anterior, sólo el 6% los asuntos que ingresaron al sistema de justicia en Nayarit en los últimos tres años fueron derivados a justicia alternativa; la mayoría atendidos por la FGEN y, en menor medida, por el PJEN. En este último han ido en incremento, aunque representan sólo el 4% del total de estos asuntos para este periodo, mientras que en la FGEN hubo un gran incremento entre el 2018 y el 2019, aunque en esa misma medida disminuyeron para 2020, aun así, representaron el 96%.
Sin duda los MASC en Nayarit han significado un avance muy importante para el sistema de justicia penal, aunque su uso sigue siendo bajo. Es necesario revisar sus condiciones en lo local e identificar las necesidades para su incremento. Asimismo, es importante poner énfasis en la ampliación de su cobertura en sede judicial.
Referencias